Sentencia N° 194 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 194, Exp. 25-463, 14/05/2026
Expediente25-463
PonenteENEIDA ALEXANDRA MORENO PÉREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2026-05-14
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Cojedes. La Sala argumenta que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que la decisión impugnada no modifica los términos de la sentencia definitiva anterior.

Extracto de la motiva

En este sentido, considera esta Sala que dichos autos o sentencias dictadas en un procedimiento de estabilidad laboral en la etapa de ejecución se le otorgará excepcionalmente, por aplicación extensiva del ordinal 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de control de la legalidad, cuando estos resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o que provea contra lo ejecutoriado o modifique de manera sustancial lo decidido, siempre que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios y que se traten de actos que violen o amenacen con violentar alguna norma de orden público. Así se establece. (Destacado añadido). En aplicación del criterio jurisprudencial transcrito, observa la Sala que el fallo dictado en ejecución de sentencia contra el cual se recurre, no modificó los términos establecidos en la sentencia definitiva, es decir, no provee contra lo ejecutoriado ni la modifica, razón por la que resulta inadmisible el presente recurso de control de la legalidad.

Dispositiva

Declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte demandante, ciudadanos MARCOS MANUEL ACOSTA AULAR, WILLIAMS ALEXIS PIERRE REBOLLO, JHONY RAFAEL MERCADO, JOSÉ ISAMEL ESCALONA BLANCO, LUIS ALEXANDER QUIJADA AGUILAR y MARIO JOSÉ MUÑOZ ULCUE, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en San Carlos, el 4 de abril de 2025.

Palabras clave

cobro de prestacionesvelos corporativosejecución de sentenciacontrol de la legalidadderecho laboralunidad económica

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