Sentencia N° 1939 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de noviembre de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1939, Exp. 08-1997, 28/11/2008
Expediente08-1997
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-11-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un informe presentado por la Coordinadora Laboral del Estado Bolívar, decide avocarse al conocimiento del proceso laboral iniciado por Alexander Heredia contra Silicon Carbide de Venezuela, C.A. La Sala considera que existen razones válidas para examinar el expediente y solicita al juzgado correspondiente que remita el mismo con carácter de urgencia para su revisión.

Extracto de la motiva

Visto que lo informado contiene razones aparentemente valederas para proceder a un examen, que se debe verificar los hechos narrados para poder constatar lo acontecido en todo este proceso, la Sala acuerda, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 5 numeral 48 de la misma Ley, solicitar con carácter de urgencia, mediante oficio, al tribunal donde curse la causa, envíe el expediente en el estado en que encuentre a los fines de su revisión y análisis.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1º) ORDENA al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, remita con carácter de urgencia del expediente completo de todo el proceso que sigue el ciudadano ALEXANDER HEREDIA contra la sociedad mercantil SILICON CARBIDE DE VENEZUELA, C.A., en el estado en que se encuentre; 2°) Advierte que deberá abstenerse de realizar actuación procesal alguna en el expediente en referencia; y 3°) Se conceden cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación del presente fallo, para que el expediente sea remitido a esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

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