Sentencia N° 1933 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de noviembre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1933, Exp. 06-1347, 20/11/2006
Expediente06-1347
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-11-20
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, confirmando la decisión del Tribunal Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui. Se estableció que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad, ya que se interpuso contra un fallo de un Juzgado de Primera Instancia, lo que lo hacía inadmisible. Además, se impuso una multa al recurrente por interposición maliciosa del recurso.

Extracto de la motiva

Como se aprecia, para que proceda la admisibilidad de dicho medio excepcional de impugnación, se debe cumplir con los requerimientos formulados en dispositivo legal reproducido en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. En el caso bajo análisis, se advierte que el recurso de control de la legalidad ejercido es contra una decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 15 de mayo de 2006, pues a criterio del recurrente existe una “falta de ilegalidad” del fallo, por cuanto la prestación de antigüedad debe ser calculada con base al salario devengado en el mes al que corresponda y el juzgado de sustanciación no lo consideró. Ahora bien, verificado por la Sala el incumplimiento de los requisitos legales de admisibilidad de este medio excepcional de impugnación, antes reproducidos, al haberse ejercido en contra de un fallo dictado por un Juzgado de Primera Instancia, resulta forzoso declarar inadmisible el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la empresa demandada contra la sentencia de fecha 13 de marzo de 2006, proferida por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Se impone al recurrente multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.), y se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.

Palabras clave

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