Sentencia N° 193 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de febrero de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0193, Exp. 07-1355, 21/02/2008
Expediente07-1355
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-02-21
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Adrián José Delgado contra el fallo del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La Sala argumenta que la parte demandada, Electricidad e Instrumentación, C.A., contestó la demanda dentro del lapso legal, por lo que no se configuró la confesión ficta alegada por el recurrente. Además, se establece que la sentencia impugnada sí se pronunció sobre el alegato de la confesión ficta, desestimando así la denuncia de incongruencia negativa.
Extracto de la motiva
La incongruencia negativa constituye un defecto de actividad recurrible en casación bajo el amparo del numeral 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y no como erróneamente lo formalizó el recurrente bajo el numeral 1 eiusdem; no obstante, en aras de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso previsto en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se procede al estudio de la denuncia. Bajo este contexto, la recurrida en su motiva, respecto al alegato de la confesión ficta, estableció: De otra parte, respecto al segundo punto señalado por la representación judicial de la parte demandante en la audiencia de apelación, referido a que igualmente sea declarada la confesión ficta del demandado, toda vez que una vez subsanadas las cuestiones previas por la parte demandante no contestó la demanda en el lapso de 5 días, ni tampoco impugnó dicha subsanación, sino que contestó en fecha 25 de marzo de 2003, es decir, 3 años después de lo cual según su decir, acaeció la incidencia. Al respecto, se observa del recorrido procesal analizado supra, que en fecha 13 de marzo de 2003, el alguacil dejó constancia de la notificación de la demandada sobre la sentencia interlocutoria dictada en fecha 19 de febrero de 2003, y en fecha 25 de marzo de 2003, la representación judicial de sociedad mercantil Electricidad e Instrumentación, C.A., (ELINCA), abogado Germán Guerra, procedió a contestar la demanda intentada en su contra por el ciudadano Adrián José Delgado.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la parte demandante Adrián José Delgado contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 10 de mayo de 2007; 2) CONFIRMA la sentencia recurrida. De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
recursos laboralesconfesión fictaincongruencia negativasubsanación voluntariacontestación de la demandasentencia interlocutoriaderecho a la defensa