Sentencia N° 1926 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1926, Exp. 09-1384, 16/12/2009
Expediente09-1384
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-12-16
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de diciembre de 2009, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por los demandantes contra la decisión del Tribunal Séptimo Superior del Trabajo. La Sala argumentó que la formalización del recurso no se presentó dentro del lapso legal establecido, lo que llevó a la conclusión de que el recurso había vencido el 12 de noviembre de 2009. Se enfatizó la importancia de cumplir con los requisitos formales para el ejercicio del recurso extraordinario de casación, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del lapso de veinte (20) días para formalizar el recurso, se concluye que éste venció el 12 de noviembre de 2009. Ahora bien, la representación judicial de los demandantes anunció recurso de casación, el 22 de octubre de 2009, pero no formalizó. Por lo tanto, visto que el lapso para la formalización venció el 12 de noviembre de 2009, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara perecido el recurso interpuesto. Así se resuelve.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de los demandantes, contra la decisión publicada el 16 de octubre de 2009, por el Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada a fin de que sea enviado al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución competente.

Palabras clave

recurso de casacionformalizacionperenciontrabajocostasjurisprudencialegislacion laboral

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