Sentencia N° 192 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de julio de 2019

TSJ/SCS, Sent. N° 0192, Exp. 17-604, 04/07/2019
Expediente17-604
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoExequatur
Fecha de la decisión2019-07-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, niega la solicitud de exequátur presentada por Carlos Luis Borregales Malavé para la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal del Distrito Judicial Número 309 del Condado de Harris, Texas, el 19 de abril de 2017. La decisión se basa en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Derecho Internacional Privado, especialmente en lo que respecta a las garantías procesales de la demandada, Cynthia Calvo Palma, quien no fue debidamente citada para comparecer en el juicio de divorcio. El Tribunal argumenta que la sentencia extranjera no cumple con los principios esenciales del orden público venezolano, ya que no se otorgaron las garantías necesarias para la defensa de la demandada, lo que afecta el interés superior de los menores involucrados. Por lo tanto, se concluye que no se puede conceder fuerza ejecutoria a la sentencia de divorcio en el territorio venezolano.

Extracto de la motiva

Lo cual considera esta Sala que la sentencia extranjera es incompatible con los principios esenciales del orden público venezolano y al no cumplir con los requisitos esenciales de orden público internacional en el artículo 5 de la Ley de Derecho Internacional Privado, por cuanto a la demandada ciudadana Cynthia Calvo Palma en el juicio de divorcio cuyo exequátur se solicita, no se le otorgaron las garantías procesales para su defensa. Por lo tanto observa esta Sala, del presente caso bajo estudio que versa sobre la omisión del establecimiento de las instituciones familiares de los menores en cuestión, donde la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 78 postula que todos los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derechos, y vista su vulnerabilidad exige una especial protección, debiendo tenerse como principio orientador básico su interés, el cual ha sido calificado de naturaleza superior, cuya consecuencia implica que prima sobre cualquier otro interés. Axioma básico sobre el cual se erige la doctrina de la protección integral de la infancia y por el cual se sujeta al estado y a los diferentes actores sociales, principalmente a la familia a protegerlos y adoptar las conductas y medidas en función de garantizar su bienestar y desarrollo integral.

Dispositiva

Se niega la solicitud de ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio n° 2016-71078, dictada el 19 de abril de 2017, por el Tribunal del Distrito Judicial Número 309 del Condado de Harris, Estado de Texas de los Estados Unidos de América.

Palabras clave

exequáturdivorciosentencia extranjeragarantías procesalesinterés superior

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