Sentencia N° 191 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de marzo de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0191, Exp. 08-1966, 03/03/2009
Expediente08-1966
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-03-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de marzo de 2009, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Juan Gilberto Pérez contra la decisión del Juzgado Superior del Trabajo de Yaracuy. La sentencia impugnada había confirmado un fallo que declaró desistida la acción del demandante. La Sala consideró que no se incurrió en las violaciones alegadas por la parte recurrente, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a realizar el siguiente pronunciamiento: Denuncia la parte recurrente, la violación por falta de aplicación del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y la falsa aplicación del artículo 151 eiusdem, así como también del tercer aparte del citado artículo por falta de aplicación. Para ello explica, que el Juez no valoró correctamente el hecho demostrado como un acontecimiento humano que justificó la incomparecencia. Señala además, que está plenamente demostrado en autos que la parte se presentó a las diez y veinticinco (10:25 a.m.) a los efectos de comunicarse con el tribunal y consignar justificativos de reposo. Que las máximas de experiencia señalan que sería imposible que una persona con diarrea realice una audiencia y más de juicio cuando la misma audiencia impone una concentración total.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de fecha 27 de octubre de 2008. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.