Sentencia N° 190 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de noviembre de 2021
TSJ/SCS, Sent. N° 190, Exp. 21-130, 12/11/2021
Expediente21-130
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2021-11-12
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un reclamo interpuesto por la representación de la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO INDEPENDENCIA, en relación a la obstrucción del ejercicio del recurso de hecho por parte del Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara. El tribunal declaró procedente el reclamo y ordenó al juez correspondiente recabar el expediente original del caso para su revisión.
Extracto de la motiva
Ahora bien, visto que para la resolución del presente reclamo, se anexó un legajo de copias contentivas de autos del expediente que ilustran suficientemente a esta Sala, se declarara procedente el reclamo y se ordena solicitar el expediente original involucrado en el caso al tribunal de primera instancia correspondiente, a los efectos de hacer pronunciamiento sobre el recurso de hecho, el cual deberá ser remitido a esta Sala en un lapso de 48 horas. Así se declara.
Dispositiva
PRIMERO: Procedente el reclamo interpuesto por el abogado José Antonio Anzola Crespo, en representación de UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO INDEPENDENCIA. SEGUNDO: Ordena al juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, recabe el original y remita a esta Sala todo el expediente principal y cualquier otro cuaderno separado que exista, del caso signado con el alfanumérico KPO2-R-2020-000173.
Palabras clave
reclamodaños y perjuiciosjurisdicciónexpedientetribunalprotección de niños