Sentencia N° 19 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de enero de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0019, Exp. 17-248, 29/01/2018
Expediente17-248
PonenteDANILO A.MOJICA MONSALVO
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-01-29
DecisiónPerecido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el abogado Roberto Ramírez Meléndez, en representación de Luis Emiro Briceño Araujo, contra una decisión del Juzgado Superior Agrario que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala admitió el recurso, pero constató que la formalización no se presentó en el lapso correspondiente, lo que llevó a declarar el recurso como perecido.
Extracto de la motiva
Conforme a la providencia emanada de la alzada, de fecha 9 de febrero de 2017, se admite el recurso de casación anunciado, es decir, desde ese día comenzó a transcurrir el lapso de 20 días continuos y consecutivos, previstos legalmente para la formalización del extraordinario recurso de casación, de conformidad con el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, más el término de la distancia correspondiente. Ahora bien, según cómputo emanado de la Secretaria de esta Sala, de fecha 30 de junio de 2017, se deja constancia que el lapso para formalizar el presente recurso de casación, comenzó en fecha 9 de febrero del año 2017, y que el mismo concluyó en fecha 6 de marzo del mismo año, incluyendo el término de la distancia correspondiente, que en el presente caso es de seis (6) días por estar situado el Tribunal Superior en el estado Trujillo. En el caso de autos, la formalización del recurso anunciado no fue presentada en la oportunidad correspondiente.
Dispositiva
Declara PERECIDO el recurso de casación propuesto por el apoderado judicial del codemandado LUIS EMIRO BRICEÑO y la defensora pública agraria que actúa en representación de las ciudadanas MARIA AUXILIADORA ARAUJO ANZOÁTEGUI, CARMEN INÉS ARAUJO ANZOÁTEGUI Y GLADYS TERESA ARAUJO ANZOÁTEGUI contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 21 de diciembre del año 2016; FIRME la decisión recurrida.
Palabras clave
recurso de casaciónacción posesoriaperturbaciónLey de Tierrascostastribunales agrarios