Sentencia N° 1892 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de diciembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1892, Exp. 14-979, 10/12/2014
Expediente14-979
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-12-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de diciembre de 2014, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por los demandantes contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui, que había confirmado un fallo anterior. La Sala argumentó que la cuantía de las pretensiones individuales de los demandantes no superaba el umbral establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisión del recurso de casación. Por lo tanto, se revocó el auto de admisión dictado por la instancia inferior.
Extracto de la motiva
De acuerdo con la doctrina reiterada de esta Sala de Casación Social, al Tribunal Supremo de Justicia le compete decidir, en último término, acerca de la admisibilidad del recurso de casación propuesto, a pesar de la admisión que hubiere realizado la instancia. En tal caso podrá declararse inadmisible el recurso interpuesto y revocarse el auto de admisión si se encontrase contrario a derecho. Con relación a las decisiones que en materia laboral son recurribles en casación, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su artículo 167, establece: El recurso de casación puede proponerse: 1. Contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.). 2. Contra los laudos arbitrales, cuando el interés principal de la controversia exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.). Al proponerse el recurso contra la sentencia que puso fin al juicio, quedan comprendidas en él las interlocutorias que hubieren producido un gravamen no reparado por ella. Al respecto se advierte que la Sala Constitucional de este máximo Tribunal, en la sentencia Nº 1573 de fecha 12 de julio de 2005 (caso: Carbonell Thielsen, C.A.), estableció que la cuantía necesaria para acceder a casación, debe ser la que imperaba para el momento de interposición de la demanda “pues es en ese momento en el cual el actor determina el derecho a la jurisdicción y la competencia por la cuantía y por ello considera cumplido el quantum requerido por el legislador para acceder en sede casacional”.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de los ciudadanos Manuel Oswaldo Villasana Monroy, Rhonald Alejandro Martínez Ibedaca, Gabriel Sánchez Ascanio, Leo Ramón Rojas y Carlos José Ramos Manrique, contra la sentencia publicada el 19 de mayo de 2014, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, y 2) REVOCA el auto de admisión dictado por la alzada.
Palabras clave
casaciónlaboralinadmisiblerecursojurisprudenciaLey Orgánica Procesal del Trabajo