Sentencia N° 1891 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1891, Exp. 08-1569, 16/12/2009
Expediente08-1569
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-12-16
DecisiónInadmisible
Resumen
En esta sentencia, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La Sala determina que el fallo recurrido es un auto emanado de un Juzgado Superior en etapa de ejecución de sentencia, el cual no admite casación según lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que: Contra las decisiones del Juez en fase de ejecución, se admitirá recurso de apelación a un solo efecto, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, contados a partir del acto que se impugna, la misma será decidida en forma oral e inmediata, previa audiencia de parte, dentro de los cinco (5) hábiles siguientes, por el Tribunal Superior del Trabajo; contra dicho fallo no se admitirá recurso de casación. Sobre el particular, la Sala observa que el a quo, negó el reclamo contra la experticia practicada y el Juzgado Superior conociendo de la apelación de la parte demandada contra dicho auto, declaró sin lugar el recurso de apelación confirmando el auto recurrido, por lo que el fallo recurrido es un auto emanado de un Juzgado Superior en etapa de ejecución de sentencia que conforme al artículo antes trascrito, no tiene casación. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto contra la decisión de fecha 15 de julio de 2008, dictada por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casacionejecucion de sentenciadecisiones judicialesapelacionlaboral