Sentencia N° 1888 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de noviembre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1888, Exp. 08-1778, 25/11/2008
Expediente08-1778
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-11-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo había declarado desistido el recurso de apelación, confirmando la decisión de un juzgado inferior que había declarado parcialmente con lugar la demanda. La Sala determinó que la cuantía de la demanda superaba el umbral requerido para recurrir en casación, por lo que el recurso de control de la legalidad no era admisible.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que el recurso de control de la legalidad podrá proponerse contra aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación. En este sentido, según lo establecido en el artículo 167 eiusdem, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para recurrir en casación la cuantía del interés principal debe exceder las tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.). En el caso de autos la demanda, presentada el 10 de agosto de 2006, fue estimada en la cantidad de ciento treinta y siete millones setecientos sesenta y un mil doscientos treinta y seis bolívares con treinta y un céntimos (Bs. 137.761.236,31). Ahora bien, para la fecha de la presentación de la demanda la unidad tributaria tenía un valor de treinta y tres mil seiscientos bolívares (Bs. 33.600), por lo que la cuantía para recurrir en casación en ese momento debía exceder de cien millones ochocientos mil bolívares (Bs. 100.800.000), cantidad esta inferior a la estimación de la demanda, de allí que la sentencia impugnada es recurrible en casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2008, dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestacionesindemnizaciónaccidente de trabajorecurso de control de la legalidadcasaciónunidad tributariadecisión judicial