Sentencia N° 1883 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1883, Exp. 09-1360, 16/12/2009
Expediente09-1360
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de diciembre de 2009, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, que había confirmado la decisión de un tribunal inferior sobre la partición de una comunidad hereditaria. La parte recurrente alegó vicios de inmotivación en la sentencia impugnada, argumentando que el tribunal no explicó adecuadamente las razones de hecho y derecho que sustentaron su decisión. Sin embargo, la Sala concluyó que la juez de la instancia sí había expuesto los motivos pertinentes y que no incurrió en el vicio denunciado.
Extracto de la motiva
La inmotivación, es un vicio de la sentencia producido por el incumplimiento de un requisito intrínseco de la decisión, cuando ésta carece de los motivos de hecho y de derecho. En este sentido, resulta inmotivado el fallo que carece absolutamente de motivos, no aquel en el cual los motivos son escasos o exiguos. Por tanto, habrá inmotivación absoluta y por lo tanto el fallo es nulo, si el juez no expresa los motivos en que fundamenta la decisión respecto a un punto específico de la controversia de cualesquiera de las cuestiones planteadas, bien sea de hecho o de derecho. Con relación a lo delatado, observa la Sala de las actas que conforman el expediente, que la parte apelante -hoy formalizante en casación-, expuso en la audiencia oral y pública que el Juez A quo, no se había pronunciado respecto a la prueba de exhibición que tenía como objeto verificar el origen del dinero con el que, presuntamente, los adolescentes pagaron la cesión de las edificaciones, cuyo dominio común se encuentra cuestionado en la presente litis.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 9 de julio de 2009, proferida por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescentes, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 276 eiusdem.
Palabras clave
particióncomunidad hereditariainmotivaciónrecurso de casaciónbienes inmueblesprueba de exhibicióninterés superior del niñoCódigo de Procedimiento Civil