Sentencia N° 188 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de febrero de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0188, Exp. 05-1993, 02/02/2006
Expediente05-1993
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2006-02-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de los recursos de control de la legalidad interpuestos por ambas partes en un procedimiento de cobro de prestaciones sociales. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en relación a la oportunidad de interposición del recurso y la naturaleza extraordinaria del mismo.

Extracto de la motiva

La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su artículo 178, consagra el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, o contraríen la doctrina jurisprudencial de esta Sala, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Además de ello, la admisión del recurso in commento exige que se verifique la oportunidad de su interposición, pues la referida norma establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión, para el ejercicio del recurso del control de la legalidad, así como la extensión del escrito, que no puede exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Igualmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de esta Sala.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara 1) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del ciudadano Jesús Alberto Fernández Bastidas, parte actora y 2) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Distribuidora de Lubricantes Boconoito, (Dislubo) C.A., parte demandada, contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo del nuevo Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, publicada el 8 de noviembre de 2005. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.

Palabras clave

control de legalidadrecursosprestaciones socialestrabajoinadmisibilidadjurisprudenciaderecho laboral

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