Sentencia N° 1852 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1852, Exp. 06-1065, 06/11/2006
Expediente06-1065
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-11-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra una sentencia del Tribunal Primero Superior del Trabajo del Estado Apure. La decisión se basa en el análisis de los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concluyendo que el recurso no cumplía con las exigencias necesarias para su procedencia. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral ni la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega el recurrente que el sentenciador de alzada incurrió en la violación de los artículos 361 del Código de Procedimiento Civil y 1.957 del Código Civil, así como en la contravención de la jurisprudencia emanada de esta Sala de Casación Social, según sentencia de fecha 03 de febrero del año 2005, cuando declaró prescrita la acción, al considerar que la alegación de la prescripción por parte de la demandante en su escrito libelar se tiene como contradicha por la naturaleza del ente público demandado, aún cuando consta en autos que la parte demandada quedó confesa al no dar contestación a la demanda, alegando dicha defensa de fondo (prescripción) inoportunamente en el lapso de promoción de pruebas. Ahora bien, y en atención a lo antes expuesto, efectuado el análisis del fallo impugnado, así como de las actas que conforman el expediente, considera este alto Tribunal que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, pues no vulnera normas de orden público laboral ni la reiterada doctrina establecida por esta Sala de Casación Social, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del presente recurso de control de la legalidad, al no ajustarse la pretensión a los fines de este medio excepcional de impugnación.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 27 de octubre del año 2005 emanada del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando de Apure. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en la ciudad San Fernando de Apure.
Palabras clave
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