Sentencia N° 185 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de marzo de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 185, Exp. 03-129, 26/03/2003
Expediente03-129
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-03-26
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, CORPORACIÓN INVERCANPA, S.A., en relación a una sentencia del Juzgado Superior que había declarado parcialmente con lugar la demanda. La parte demandada alegó que la sentencia fue dictada fuera del lapso legal, solicitando la reapertura del término para formalizar su recurso de casación, argumentando causas no imputables a su persona.
Extracto de la motiva
Ciertamente, a tenor del cómputo precedentemente realizado por esta Sala, se evidencia que el lapso para formalizar venció el día 25 de febrero de 2003, siendo que para esa fecha el recurrente no había consignado su escrito de formalización con lo cual pudiera considerarse sin lugar a dudas el perecimiento del recurso de casación admitido, sin embargo, como ya se indicó, es menester pronunciarse sobre si existen causas para reabrir el lapso para formalizar el presente recurso de casación, y por vía de consecuencia, si es el caso, estimar el análisis de la formalización presentada posteriormente al vencimiento del término legalmente establecido para ello.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de reapertura del lapso para formalizar y PERECIDO el recurso de casación, anunciado y formalizado extemporáneamente por la parte demandada, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de Los Morros, en fecha 13 de diciembre de 2002.
Palabras clave
recurso de casaciónimprocedencialapsoformalizaciónderecho de defensaCódigo de Procedimiento Civilsentenciajusticia