Sentencia N° 185 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de marzo de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 185, Exp. 02-050, 13/03/2002
Expediente02-050
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-03-13
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia de divorcio. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del recurso. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso, es decir, en fecha trece (13) de diciembre de 2001 y venció el ocho (8) de febrero del año 2002, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha nueve (09) de noviembre del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, dictada en el juicio que por DIVORCIO, sigue el ciudadano CARLOS MIGUEL RUJANA SAAVEDRA contra la ciudadana BELKIS DEL VALLE CHACÓN DELGADO.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha nueve (09) de noviembre del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona.

Palabras clave

casaciondivorcioprocedimiento civilcostasrecursosentenciaanzoategui

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