Sentencia N° 1831 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de mayo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1831, Exp. 13-750, 05/12/2014
Expediente13-750
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Agraria
Fecha de la decisión2014-05-05
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decide sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Superior Agrario que declaró inadmisible un recurso de casación. La Sala analiza los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario de casación, concluyendo que la decisión recurrida no pone fin al juicio y, por lo tanto, no es susceptible de casación inmediata. Se reafirma el criterio de que las sentencias interlocutorias que no finalizan el proceso no pueden ser objeto de recurso de casación hasta que se dicte una sentencia definitiva.

Extracto de la motiva

En virtud de lo anteriormente expuesto, y siendo el caso de autos una interlocutoria que no pone fin al juicio, ésta podrá recurrirse conjuntamente con la definitiva, de conformidad con el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el recurso de hecho debe ser declarado sin lugar e inadmisible el recurso de casación anunciado. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por la parte actora el 09 de mayo 2013, contra la decisión de fecha 06 de mayo 2013, dictada por Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, SEGUNDO: INADMISIBLE, el recurso de casación anunciado, y, TERCERO: FIRME la decisión recurrida.

Palabras clave

recurso de hechocasacióninterlocutoriadecisión agraria

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