Sentencia N° 1822 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de noviembre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1822, Exp. 09-1235, 24/11/2009
Expediente09-1235
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-11-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 24 de noviembre de 2009, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, C.A. La Electricidad de Caracas, contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La decisión se fundamenta en que el recurso fue presentado contra un auto dictado en fase de ejecución de sentencia, lo cual está prohibido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

En el presente caso, la Sala conoce del recurso de casación propuesto contra el fallo dictado por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto dictado por el Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de abril de 2009, que declaró la improcedencia por extemporánea, de la reclamación formulada por la parte demandada a la experticia complementaria del fallo de fecha 25 de marzo de 2009, y por consiguiente, ordenó la continuidad de la ejecución. En consecuencia, al estar expresamente prohibido en el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la petición extraordinaria de impugnación contra los autos dictados en etapa de ejecución de sentencia, resulta inadmisible el recurso de casación anunciado, tal como ha sido reiteradamente establecido por la doctrina jurisprudencial de esta Sala, por lo que se revoca el auto de admisión de fecha 23 de septiembre de 2009. Así se establece.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) INADMISIBLE el recurso de casación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil C.A. La Electricidad de Caracas, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 31 de julio de 2009; 2) SE REVOCA el auto de fecha 23 de septiembre de 2009, dictado por el referido Juzgado Superior, en el que admitió el recurso de casación interpuesto por la parte demandada.

Palabras clave

recurso de casacionejecucion de sentenciainadmisibilidadprestaciones socialesderecho laboraljuzgado superiorauto de admision

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