Sentencia N° 1821 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de noviembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1821, Exp. 08-790, 24/11/2009
Expediente08-790
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-11-24
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 24 de noviembre de 2009, declaró desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, KRAFT FOODS VENEZUELA C.A., debido a su inasistencia a la audiencia oral. Asimismo, se declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, confirmando así la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que había declarado parcialmente con lugar la demanda en primera instancia.
Extracto de la motiva
Constituye criterio reiterado de esta Sala, que con el recurso de casación se persigue la nulidad del fallo dictado en contravención de la ley. Sus efectos anulatorios ponen de manifiesto la importancia de este medio de impugnación, que sólo procede en materia laboral por los motivos señalados en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido, se requiere que la formalización del recurso de casación cumpla con los siguientes requisitos: 1) la indicación de los supuestos de casación contenidos en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 2) la cita o el señalamiento de los artículos que se consideren infringidos; 3) las razones o fundamentos en que se apoya la denuncia, para así evidenciar en forma precisa dónde se localiza el vicio que se delata.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia proferida el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 13 de marzo de 2008; 2) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la precitada decisión; 3) CONFIRMA el fallo recurrido.
Palabras clave
recurso de casacióndesistimientoaudiencia oraldiferencias salarialescontrato colectivoprestaciones socialesinfracción de ley