Sentencia N° 1815 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1815, Exp. 07-1477, 09/08/2007
Expediente07-1477
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-08-09
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala observó que el recurrente no señaló de manera expresa la violación de alguna norma de orden público o la contravención de alguna jurisprudencia, limitándose a hacer consideraciones sobre lo decidido por el Juez de alzada. Esto llevó a la declaratoria de inadmisibilidad del recurso. La decisión se fundamenta en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que el Tribunal Supremo de Justicia puede conocer de casos que, aunque no sean recurribles en casación, violenten normas de orden público o sean contrarios a la jurisprudencia de la Sala. En este caso, la falta de argumentos claros por parte del recurrente imposibilitó entender el fundamento del recurso. Finalmente, la Sala declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo, sin condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En el caso concreto, la Sala observa del escrito del recurso de control de la legalidad, que el recurrente no señala de manera expresa la violación de alguna norma de orden público o la contravención de alguna jurisprudencia emanada de esta Sala, pues se limitó en su exposición a hacer consideraciones sobre lo decidido por el Juez de alzada, lo que hace imposible entender el fundamento de su recurso y conlleva a la declaratoria de inadmisibilidad del medio de impugnación interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 11 de junio de 2007, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

cobro de diferenciasprestaciones socialesrecurso de controlinadmisibilidadjurisprudenciaorden públicoLey Orgánica Procesal del Trabajo

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