Sentencia N° 1814 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1814, Exp. 14-1168, 05/12/2014
Expediente14-1168
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-12-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por la Gobernación del Estado Bolívar contra una providencia administrativa relacionada con la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana Merlys Heredia Macías. La Sala analizó la inadmisibilidad del recurso de casación anunciado por la trabajadora, el cual fue declarado sin lugar por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La decisión se fundamenta en que la materia del caso es un proceso contencioso administrativo, excluido de la impugnación en vía casacional.

Extracto de la motiva

Con el propósito de resolver el asunto sometido a la consideración de esta Sala, se observa que el encabezado del artículo 170 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo consagra el recurso de hecho, al disponer: Artículo 170.- En caso de negativa de la admisión del recurso de casación, el Tribunal superior del Trabajo que lo rechazó, mantendrá el expediente durante cinco (5) días hábiles, a fin de que el interesado pueda recurrir de hecho por ante el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, proponiéndose el recurso de manera escrita en el mismo expediente, por ante el mismo Tribunal Superior del Trabajo que negó la admisión, quien lo remitirá, vencido los cinco (5) días, al Tribunal Supremo de Justicia en su Sala de Casación Social, para que ésta lo decida sin audiencia previa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de las actuaciones. Ahora bien, el recurso de hecho interpuesto pretende enervar el auto del Juzgado Superior, que declaró la negativa de la admisión del recurso de casación anunciado por la ciudadana Merlys Heredia Macías. Conteste con las razones expuestas por el juzgado ad quem para declarar dicha inadmisibilidad, el caso de marras versa sobre la nulidad de una providencia administrativa dictada por una Inspectoría del Trabajo, la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de la antes nombrada ciudadana, es decir, una materia expresamente excluida por la jurisprudencia del alto Tribunal de la República, del ámbito de las sentencias susceptibles de ser impugnadas mediante el recurso extraordinario de casación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la ciudadana Merlys Heredia Macías beneficiaria del acto administrativo recurrido, en contra del auto dictado por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 8 de julio de 2014, denegatorio del recurso de casación ejercido contra la decisión emanada de ese mismo órgano jurisdiccional, en fecha 30 de junio de 2014. No se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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