Sentencia N° 181 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de mayo de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 181, Exp. 23-442, 30/05/2024
Expediente23-442
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaAgraria
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2024-05-30
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados agrarios del estado Cojedes. El Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario se declaró incompetente y remitió el caso al Juzgado Superior Agrario, que también se declaró incompetente, planteando así el conflicto ante la Sala. La Sala determinó que la competencia corresponde al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario, dado que la acción se dirige contra particulares y no involucra a entes del Estado.
Extracto de la motiva
Las circunstancias antes anotadas, hacen inferir a esta sentenciadora, que los sujetos involucrados en la presente causa, son particulares, es decir dentro del marco de las relaciones entre particulares con ocasión a la actividad agraria, a las que se refiere el artículo 186 y 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y de allí deviene la INCOMPETENCIA de este Tribunal Superior Agrario del estado Cojedes, ya que la acción propuesta en esta causa involucra solo los intereses particulares, puesto que es intentada por unos particulares que señalan con perturbadores a otros particulares y no a un ente del Estado. No hay dudas en consecuencia, que las acciones y controversias surgidas con ocasión a la actividad agraria, entre particulares son de la competencia de los Juzgados de Primera Instancia Agraria y no de los Juzgados Superiores Agrarios como lo planteó el Juzgado A-quo, cuando tergiversó la información suministrada por el solicitante de la medida de protección, puesto que en ningún momento señaló que su pretensión obrase en contra del Consejo Comunal La Platera II del municipio Tinaco del estado Cojedes, sino que se limitó a ejercer su acción contra.
Dispositiva
PRIMERO: QUE ES COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia surgido entre el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes y con competencia Territorial en el Municipio Arismendi del estado Barinas, con sede en San Carlos y el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes; SEGUNDO: COMPETENTE al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
Palabras clave
competenciajuzgadosagrarioparticularesmedida de protecciónconsejo comunal