Sentencia N° 1807 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1807, Exp. 06-219, 06/11/2006
Expediente06-219
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-11-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Asdrúbal Salazar Hernández en representación de PDVSA, respecto a la decisión N° 1250 que declaró inadmisible un recurso de casación. Se argumenta que la inadmisibilidad se basa en la extemporaneidad del anuncio del recurso, a pesar de que el Juzgado Superior lo admitió. La Sala aclara que la finalidad de las aclaratorias es evitar malos entendidos y asegurar la comprensión clara de los fallos.
Extracto de la motiva
Resulta oportuno mencionar lo preceptuado en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece: Artículo 252. Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación, no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el Tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones, dentro de tres días, después de dictada la sentencia, con tal de que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el siguiente. (Subrayado de la Sala). Tal y como se desprende de la norma citada ut supra, la finalidad de las aclaratorias es permitir el conocimiento íntegro de los fallos, evitando los malos entendidos que la lectura de sus textos pueda generar, logrando con ello que el contenido de los mismos sea enunciado en términos claros de fácil comprensión.
Dispositiva
Queda en estos términos aclarado el punto en cuestión. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.
Palabras clave
aclaratoriainadmisibilidadrecurso de casacióndaño moralprestaciones socialesformalismosjusticiaorden público