Sentencia N° 1804 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1804, Exp. 10-1025, 03/12/2014
Expediente10-1025
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-12-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió con lugar el recurso de apelación interpuesto por Agropecuaria Hato El Zamuro C.A. contra el fallo del Juzgado Superior Tercero Agrario que había declarado sin lugar la acción de nulidad. La decisión se fundamentó en la falta de consignación del expediente administrativo por parte del Instituto Nacional de Tierras, lo que vulneró el derecho a la defensa y al debido proceso del recurrente. La Sala revocó el fallo anterior y declaró nulo el acto administrativo que había acordado la medida cautelar de aseguramiento del terreno denominado 'HATO EL ZAMURO'.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante, en contra del fallo definitivo dictado por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 02 de julio de 2010; SEGUNDO: SE REVOCA, el precitado fallo. TERCERO: CON LUGAR, el recurso de nulidad incoado por la representación de AGROPECUARIA HATO EL ZAMURO, C.A. contra el acto administrativo dictado en sesión N° 258-09 de fecha 25 de agosto de 2009, por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, que inició procedimiento de rescate y se acuerda medida cautelar de aseguramiento del lote de terreno denominado 'HATO EL ZAMURO', ubicado en la Parroquia Capital Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, con una superficie aproximada de 852,35 hectáreas. CUARTO: NULO, el precitado acto administrativo con efectos ex nunc.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante, en contra del fallo definitivo dictado por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 02 de julio de 2010; SEGUNDO: SE REVOCA, el precitado fallo. TERCERO: CON LUGAR, el recurso de nulidad incoado por la representación de AGROPECUARIA HATO EL ZAMURO, C.A. contra el acto administrativo dictado en sesión N° 258-09 de fecha 25 de agosto de 2009, por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, que inició procedimiento de rescate y se acuerda medida cautelar de aseguramiento del lote de terreno denominado 'HATO EL ZAMURO', ubicado en la Parroquia Capital Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, con una superficie aproximada de 852,35 hectáreas. CUARTO: NULO, el precitado acto administrativo con efectos ex nunc.

Palabras clave

carga de la pruebapresunción de legalidadactos administrativosnulidadjurisprudenciaproceso contencioso

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca