Sentencia N° 18 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de febrero de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0018, Exp. 08-1878, 03/02/2009
Expediente08-1878
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-02-03
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra una sentencia del Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo. La parte demandante había apelado una decisión que había declarado parcialmente con lugar su recurso y el de la parte demandada, revocando un fallo anterior que suspendía el proceso por una cuestión prejudicial. Al recibir el expediente, la Sala observó que las partes habían llegado a un acuerdo transaccional, desistiendo formalmente de las acciones o recursos relacionados con la presente acción. En virtud de esta manifestación, la Sala decidió declarar desistido el recurso y ordenó remitir el expediente al juzgado correspondiente para continuar con los trámites procesales. Finalmente, la Sala declaró que no había condenatoria en costas, publicando y registrando la decisión, y ordenando su remisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Extracto de la motiva

En virtud de la manifestación expresada por las partes en la actuación arriba mencionada y; luego de verificado que actúa la diligenciante-recurrente en el presente proceso, la Sala declarará desistido el recurso y ordenará en el dispositivo remitir el expediente.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1) DESISTIDO el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 29 de julio de 2008; y 2) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de apelacióntrabajojurisdiccióndecisión judicial

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