Sentencia N° 1798 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de noviembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1798, Exp. 08-1660, 19/11/2009
Expediente08-1660
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-11-19
DecisiónDesistido
Resumen
En el juicio por diferencia de pensión de jubilación, el ciudadano Rafael Enrique Campos Arias, representado por sus abogados, interpuso un recurso de casación contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que declaró sin lugar su apelación. La Sala de Casación Social del TSJ, tras fijar audiencia pública, constató la incomparecencia de la parte actora en la audiencia programada. En consecuencia, se aplicó la sanción prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante.
Extracto de la motiva
En acatamiento a lo que establece el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se fijó audiencia pública y contradictoria en el presente recurso y tal como se desprende del acta correspondiente a dicha audiencia, una vez anunciado el motivo del acto por el Alguacil, estuvieron presente los abogados Edinson Jesús Patiño Silva y José Luis Martínez Rodríguez en representación de la empresa demandada y se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente. El referido artículo 173, en su último aparte, dice lo siguiente: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Al aplicar al caso de autos la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que la parte actora recurrente no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará en el dispositivo de este fallo desistido el recurso de casación propuesto y remitirá el expediente al Juzgado de la primera instancia competente para que continúe con los trámites legales correspondientes. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 8 de julio de 2008; y ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente continúe con los trámites procesales correspondientes.
Palabras clave
recurso de casaciónaudiencia públicaincomparecenciadesistimientopensionestrabajojubilación