Sentencia N° 1790 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1790, Exp. 07-1558, 09/08/2007
Expediente07-1558
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-08-09
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por Leander Felipe Caguao contra un auto que negó la admisión de un recurso de casación. La decisión de la Sala se basa en la prohibición expresa contenida en el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que las decisiones emitidas durante la fase de ejecución no son impugnables mediante recurso de casación. La Sala concluyó que el recurso de hecho era inadmisible y, por lo tanto, declaró sin lugar el mismo.
Extracto de la motiva
Visto el alegato anterior, debe la Sala destacar que uno de los principios que rige la problemática de la aplicación de las leyes, es el de la preferencia de la ley especial frente a la general, de modo que la prohibición contenida en el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en cuanto a la admisión del recurso de casación durante la ejecución de la sentencia, tiene preeminencia respecto a lo preceptuado en la ley general –Código de Procedimiento Civil–. Tal solución está consagrada expresamente en la ley adjetiva laboral, cuando en su artículo 183 establece que en la ejecución de la sentencia se aplicará el Título IV, Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil, “en cuanto no se oponga a lo dispuesto en la presente Ley”, de modo que se ratifica la preeminencia de las normas contenidas en la ley especial.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante, contra el auto dictado en fecha 1° de junio de 2007 por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que negó la admisión del recurso de casación anunciado contra la decisión emanada de ese mismo Tribunal, en fecha 23 de mayo de 2007. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
recurso de hechocasaciónejecución de sentenciaLey Orgánica Procesal del Trabajodecisión judicialprohibición de casaciónmateria laboral