Sentencia N° 1786 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1786, Exp. 07-433, 09/08/2007
Expediente07-433
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-08-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio de indemnización por accidente de trabajo. La sentencia de primera instancia había declarado la prescripción de la acción, pero el Juzgado Superior revocó dicha decisión y ordenó la reposición de la causa para que se dictara sentencia sobre el fondo del asunto. La Sala concluyó que el Juzgado Superior infringió el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo al no pronunciarse sobre el fondo del asunto, lo que llevó a declarar con lugar el recurso de casación y anular el fallo recurrido.
Extracto de la motiva
Ciertamente, en la sentencia recurrida no hubo vencimiento total, por cuanto no fue resuelto el fondo del asunto debatido y tampoco la parte accionada fue vencida totalmente en una incidencia, por cuanto no intentó ningún medio de ataque o defensa, en consecuencia no procedía la condenatoria en costas de ninguna de las partes. En este sentido, ya se ha pronunciado esta Sala, al analizar los artículos 59 y 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así, entre otras, en sentencia del 03 de noviembre del año 2005, caso P.J. Figueredo contra Estación de Servicios Nirgüa 2, C.A., se estableció lo siguiente: De las normas citadas supra se desprende que, en principio, cuando los Jueces Superiores conocen del recurso de apelación empleado por alguna de las partes y del mismo resulta que se confirma la decisión de primera instancia, deben imponer las costas como sanción, aun y cuando el accionante del recurso haya resultado ser la vencedora en el proceso. No procede entonces tal condenatoria si el incidente no surge de un medio de ataque o de defensa del litigante que resultó perdidoso en la alzada, como en el caso bajo análisis; por lo tanto, el juez ad quem actuó ajustado a derecho al abstenerse de condenar en costas al actor. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 08 de febrero del año 2007, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido, y se REPONE la causa al estado de que el Juzgado Superior que resulte competente dicte decisión sobre el fondo del asunto.
Palabras clave
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