Sentencia N° 178 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de marzo de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0178, Exp. 16-881, 15/03/2017
Expediente16-881
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-03-15
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Julio César Arteaga Pardo, quien alegó que el Juez de alzada incurrió en el vicio de inmotivación de la sentencia. La Sala consideró que el fallo del Tribunal ad quem no incurrió en violaciones de normas de orden público y, por lo tanto, declaró inadmisible el recurso. La decisión se fundamenta en la potestad discrecional del Tribunal para conocer de casos que, aunque no sean recurribles en casación, puedan afectar derechos fundamentales del trabajo.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, (caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L.), expresó: que corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas deben afectar gravemente instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaben los derechos a la defensa y al debido proceso, este último supuesto, sustentado en el mandato expreso contemplado en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece la obligación de todos los jueces de asegurar la integridad del orden constitucional, mediante el uso de las vías procesales ordinarias y extraordinarias consagradas en la ley.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante ciudadano JULIO CÉSAR ARTEAGA PARDO, contra la decisión de fecha 27 de julio de 2016, emanada del Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

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