Sentencia N° 178 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de febrero de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0178, Exp. 13-1761, 21/02/2014
Expediente13-1761
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2014-02-21
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Carmen Esther Gómez Cabrera, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte actora, Rina Josefina Gíl Morillo, contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo. La decisión del Juzgado había declarado sin lugar la apelación y confirmado la sentencia apelada, así como desestimado la demanda de la actora. La Sala determinó que el recurso de casación había perecido debido a la falta de formalización dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso extraordinario. Asimismo considera esta Sala que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente si la sede del Tribunal que dictó la decisión recurrida no se encuentra en la capital de la República y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de cinco (5) días que se otorgan para el anuncio del recurso. En el caso específico, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los cinco (5) días que se dan para el anuncio del mismo, es decir, en fecha veinte (20) de noviembre del año 2013 y venció el día nueve (09) de diciembre del mismo año, siendo que hasta la fecha no ha sido consignado el correspondiente escrito de formalización. Por tal motivo, atendiendo a lo preceptuado en el penúltimo aparte del mencionado artículo 171 de la Ley adjetiva Laboral, se declara perecido el recurso de casación anunciado y así se resuelve.

Dispositiva

Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora, contra la sentencia emanada del Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de noviembre del año 2013. Se condena en costas del recurso a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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