Sentencia N° 1754 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de noviembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1754, Exp. 09-1037, 12/11/2009
Expediente09-1037
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-11-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra un auto que negó la admisión de un recurso de casación. La Sala determinó que el recurso no cumplía con el requisito de cuantía establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que el monto de la acción interpuesta no superaba la cantidad legal exigida para acceder a casación. Por lo tanto, se declaró sin lugar el recurso de hecho.
Extracto de la motiva
Ciertamente, uno de los presupuestos de indispensable cumplimiento para la procedencia del recurso de casación, es que se verifique la cuantía estipulada ex lege, en el artículo 167 de la ley adjetiva laboral, cuyo texto se transcribe parcialmente de seguidas: El recurso de casación puede proponerse: Contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) (...). Siendo que la parte actora estimó la cuantía de la acción en su escrito de subsanación de la demanda (el cual consta al folio 15, vuelto, de la primera pieza del expediente) en la cantidad de ciento once millones ochocientos veintitrés mil quinientos dos bolívares con setenta y tres céntimos (Bs. 111.823.502,73), esta suma no se corresponde con el monto exigido a los fines de acceder a casación, para el momento de la consignación del libelo de la demanda, es decir, el 21 de junio de 2007; ya que, de conformidad con el valor de la unidad tributaria, que para esa fecha era de treinta y siete mil seiscientos treinta y dos bolívares (Bs. 37.632), según Gaceta Oficial Número 38.603 publicada el 12 de enero de 2007, el monto mínimo requerido para ejercer casación era de ciento doce millones ochocientos noventa y seis mil bolívares (Bs. 112.896.000). Verificadas en su totalidad como han sido, las actas que conforman el expediente, se colige que el recurso de casación interpuesto no satisface el requisito de la cuantía para acceder a dicho recurso extraordinario.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 19 de junio de 2009, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que negó la admisión del recurso de casación ejercido, contra la decisión emanada de ese mismo tribunal, en fecha 1 de junio de 2009. Se condena en costas del recurso a la parte demandada.
Palabras clave
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