Sentencia N° 1754 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1754, Exp. 05-1146, 01/12/2005
Expediente05-1146
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-12-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, AMERICAN MOTOR & HEALTH ASSOCIATION, contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La decisión se basa en que el recurso fue presentado contra una sentencia interlocutoria, lo cual es inadmisible según el criterio establecido en la sentencia N° 87 de 20 de febrero de 2003. Además, se impone una multa de veinte unidades tributarias por la interposición maliciosa del recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. Ahora bien, observa la Sala que la sentencia recurrida, se pronuncia sobre una incidencia presentada en el transcurso de la audiencia preliminar relacionada con la solicitud de la accionada de reponer la causa al estado de notificación de un tercero al proceso. Por tanto, esta Sala de Casación Social, debe reiterar el criterio sostenido en sentencia N° 87 de fecha 20 de febrero de 2003 (caso: Dimas Alberto Velasco Sánchez), según el cual, el recurso de control de la legalidad es inadmisible cuando se solicite contra las decisiones interlocutorias emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, en pro de la celeridad procesal, pues el eventual gravamen producido por las mismas puede ser reparado en la sentencia definitiva, que será, a todo evento, recurrible ante esta Sala a través de los medios de impugnación permitidos por la Ley.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad, interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 06 de junio de 2005, emanada del Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se impone al recurrente multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.). En virtud de la multa impuesta, se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, adscrita al Ministerio de Finanzas.
Palabras clave
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