Sentencia N° 1751 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1751, Exp. 05-771, 01/12/2005
Expediente05-771
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-12-01
DecisiónAdmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. Se determinó que el recurso fue interpuesto dentro del lapso legal establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y se abordaron las alegaciones de incompetencia y falta de motivación de la sentencia recurrida. La Sala concluyó que el recurso era admisible, permitiendo así que la parte demandada presentara su contestación.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En consecuencia, se le advierte al Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que el lapso a computar a los efectos de la tempestividad del recurso de control de la legalidad, son los días de despacho transcurridos desde la publicación del fallo y no a partir de la celebración de la audiencia oral y pública, como fue señalado en el auto antes descrito.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 15 de abril de 2005, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte consigne su contestación al recurso.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaapelacióntrabajoincompetenciamotivaciónrecursosorden público