Sentencia N° 175 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de febrero de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0175, Exp. 11-007, 22/02/2011
Expediente11-007
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-02-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La decisión de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte demandada y confirmado la decisión de primera instancia que había declarado parcialmente con lugar la acción de los actores. La Sala determinó que el recurso de casación no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que la cuantía de la mayor de las pretensiones reclamadas no alcanzaba el monto mínimo requerido para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social ha establecido que estando integrada la demanda por un conjunto de reclamaciones individuales por cobro de prestaciones sociales mediante acumulación impropia, para el ejercicio de los recursos pertinentes se debe tomar en cuenta el quantum particular de cada pretensión. En el presente caso, se puede constatar que del escrito libelar de fecha 15 de enero de 2010, la mayor de las pretensiones reclamadas alcanza a la cantidad de bolívares fuertes 112 mil 150 con 41 céntimos, cuyo monto no alcanza las tres mil unidades tributarias establecidas en el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para el ejercicio del recurso extraordinario de casación, por cuanto la unidad tributaria para el momento de interposición de la demanda tenía un valor de bolívares fuertes 55, y la cuantía para la admisibilidad del recurso de casación, debía ser superior a bolívares fuertes 165 mil, por lo cual, resulta forzoso declarar que el recurso de casación anunciado, no cumple con las exigencias previstas en la norma para su admisibilidad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 18 de noviembre de 2010, proferido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada, a los fines consiguientes.

Palabras clave

recurso de casaciónprestaciones socialestrabajodecisión judicialunidades tributarias

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