Sentencia N° 1747 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de octubre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1747, Exp. 05-2024, 26/10/2006
Expediente05-2024
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-10-26
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 26 de octubre de 2006, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por las ciudadanas Ramona Josefina Salazar de Chacón y Maura Rosa Mancera, contra una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La inadmisibilidad se fundamentó en que el recurso fue presentado fuera del lapso legal establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que el plazo de cinco días hábiles para interponer el recurso había vencido el 18 de noviembre de 2005 y el mismo fue interpuesto el 22 de noviembre de 2005.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tales inobservancias acarrearían la inadmisibilidad de éste. Ahora bien, a los fines de garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales supra, se observa que según auto de fecha 24 de noviembre de 2005 - folio 73 del expediente -, el Juzgado Superior ordena la remisión del expediente a esta Sala de Casación Social, y deja constancia de los días hábiles de despacho transcurridos desde la publicación de la sentencia hasta la fecha en que venció el lapso para interponer el actual recurso, lo cual hace en los siguientes términos: Asimismo se deja expresa constancia que la decisión fue publicada en fecha 11 de noviembre de 2005, por lo que los cinco (5) días para ejercer el recurso correspondiente fueron los días: lunes 14, martes 15, miércoles 16, jueves 17 y viernes 18. En el caso sub iudice, atendiendo al cómputo que consta en el auto emanado del Juzgado Superior, a través del cual se indica que el lapso de cinco (5) días hábiles de despacho contados a partir de la publicación de la sentencia, venció el día 18 de noviembre de 2005 y atendiendo al hecho que la representación judicial de las accionantes interpuso el presente recurso de control de la legalidad, en fecha 22 de noviembre del mismo año - folios 79 al 82 del expediente -; se extrae que el recurso es manifiestamente extemporáneo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por las accionantes Ramona Josefina Salazar de Chacón y Maura Rosa Mancera, contra la sentencia de fecha 11 de noviembre de 2005, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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