Sentencia N° 1741 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1741, Exp. 05-208, 01/12/2005
Expediente05-208
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-12-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, el Instituto Autónomo del Deporte del Estado Yaracuy, contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala determinó que la sentencia impugnada no violó normas de orden público y se ajustó a derecho, por lo que declaró inadmisible el recurso presentado. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos técnicos y formales establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos sub iudice, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: En el caso concreto, se delata que la sentencia impugnada violentó normas de orden público lesionando los intereses y el patrimonio de la demandada por cuanto la misma goza de los privilegios y prerrogativas establecidas en beneficio de la República. Alega el recurrente, que con el fallo objeto del recurso se violentó el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, toda vez que la demandada no fue totalmente vencida en el proceso. Ahora bien, del análisis del hilo argumental expuesto por el recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas regidas por el orden público, ni de la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 12 de enero de 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidaddespidoinadmisionLey Orgánica Procesal del Trabajojurisprudenciaderechos laboralestribunales superiores

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