Sentencia N° 1737 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de noviembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1737, Exp. 13-1369, 26/11/2014
Expediente13-1369
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-11-26
DecisiónConsumado el desistimiento

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte accionada contra un auto que declaró inadmisible un recurso de casación. La parte recurrente, al considerar que el motivo que mantenía suspendido el procedimiento ya no existía, desistió del recurso. La Sala, tras verificar la manifestación de desistimiento, declaró consumado el mismo y ordenó la remisión del expediente al tribunal de la causa. La decisión se fundamenta en la preservación del principio de economía procesal.

Extracto de la motiva

En consecuencia, y en razón de tal manifestación a lo expuesto previamente, y una vez verificada la facultad expresa tal como consta en el instrumento poder que cursa al folio 296 anexo a la solicitud, esta Sala considera consumado el desistimiento del recurso de hecho intentado el día 08 de agosto 2013, que consta en el folio 286 al 288 contra el auto de fecha 30 de julio 2013, que cursa en el folio 282 al 285, el cual declaró inadmisible el anuncio del recurso de casación intentado el día 29 de julio 2013, contra la sentencia de fecha 10 de julio 2013, dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano de Caracas y de los estados Miranda y Vargas, con competencia como Tribunal de Primera Instancia en materia Contencioso Administrativo Especial Agrario y Expropiación Agraria, que declaró inadmisible el recurso de apelación contra el auto de fecha 18 de marzo 2013, dictado por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de hecho intentado por la representación judicial de la parte accionada el día 08 de agosto 2013, contra el auto de fecha 30 de julio 2013, dictado por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano de Caracas y de los estados Miranda y Vargas, con competencia como Tribunal de Primera Instancia en materia Contencioso Administrativo Especial Agrario y Expropiación Agraria, SEGUNDO: ORDENA, la remisión del expediente al tribunal de la causa.

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