Sentencia N° 1736 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de noviembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1736, Exp. 09-1073, 12/11/2009
Expediente09-1073
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-11-12
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La decisión se basa en que la cuantía de la demanda era inferior al mínimo legal exigido para la admisión del recurso de casación, que era de 3.000 unidades tributarias en el momento de la interposición de la demanda en 2007.
El Tribunal determinó que, al ser interpuesto el recurso de casación contra una decisión cuya cuantía no cumplía con el mínimo legal, se declaró la inadmisibilidad del recurso y se revocó el auto de admisión dictado por el Juzgado Superior. No se impuso condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al Tribunal correspondiente, cumpliendo con lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Corresponde en definitiva a este Alto Tribunal pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso propuesto ante el Juez Superior que dictó sentencia, independientemente de lo que éste manifestare respecto a su admisión. De manera que podrá ser revocado el auto de admisión, de oficio o a instancia de parte, si se observare que éste es contrario a derecho.
Al realizar un exhaustivo estudio de las actas procesales, verifica esta Sala de Casación Social que la presente demanda fue interpuesta en fecha 24 de septiembre de 2007, siendo estimada la cuantía de la misma en noventa y seis millones quinientos setenta y siete mil seiscientos veinticuatro bolívares con once céntimos (Bs. 96.577.624,11 o Bs.F. 96.577,62).
Ahora bien, este Alto Tribunal ha sostenido, que la cuantía requerida para acceder a sede casacional, debe ser la misma que imperaba en el momento en el cual se interpuso la demanda. En este sentido, siendo interpuesta la demanda en el año 2007, encontrándose en plena vigencia la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la cuantía mínima necesaria para interponer recurso de casación, era de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), lo cual se traduce en ciento doce millones ochocientos noventa y seis mil bolívares (Bs. 112.896.000,00 o Bs.F. 112.896,00), toda vez que, la unidad tributaria en el año 2007, estaba valorada en treinta y siete mil seiscientos treinta y dos bolívares (Bs. 37.632,00).
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de julio de 2009, y 2) se REVOCA el auto de admisión de fecha 23 de julio de 2009.
Palabras clave
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