Sentencia N° 173 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de noviembre de 2021
TSJ/SCS, Sent. N° 173, Exp. 21-040, 03/11/2021
Expediente21-040
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2021-11-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano Ignacio Sousa Gadea, quien impugnó la decisión del Tribunal Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que declaró inadmisible su recurso de casación. La Sala determinó que el procedimiento de divorcio por desafecto es de naturaleza no contenciosa y debe tramitarse conforme a la jurisdicción voluntaria, lo que excluye su revisión en casación. Por lo tanto, se declaró sin lugar el recurso de hecho y se confirmó la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad.
Extracto de la motiva
Ahora bien, del análisis del hilo argumental expuesto por la parte recurrente, así como de la sentencia impugnada, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra conforme a derecho, sin denotarse violación alguna de normas regidas por el orden público; en consecuencia, visto que el alcance del control de la legalidad ejercido no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada ciudadano IGNACIO SOUSA GADEA, contra el fallo proferido, por el Juzgado Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 8 de febrero de 2021. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionada contra la decisión antes mencionada. TERCERO: FIRME el auto recurrido.
Palabras clave
divorciorecurso de hechocasaciónjurisdicción voluntariaprotección de niños