Sentencia N° 1729 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1729, Exp. 10-1363, 14/12/2010
Expediente10-1363
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-12-14
DecisiónADMISIBLE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara admisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano José Freitas Sousa contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Aragua. La Sala establece que el recurso puede ser ejercido contra decisiones en fase de ejecución que resuelvan puntos esenciales no controvertidos o que modifiquen de manera sustancial lo decidido, siempre que se hayan agotado todos los recursos ordinarios y se trate de actos que violen normas de orden público.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. Ahora bien, observa esta Sala que el recurso de control de la legalidad es ejercido contra una decisión que resolvió el recurso de apelación interpuesto contra un auto dictado en fase de ejecución.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 4 de octubre de 2010 dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Aragua. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la parte demandada pueda consignar la contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará el día y la hora para que tenga lugar la audiencia pública y contradictoria.

Palabras clave

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