Sentencia N° 1726 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1726, Exp. 05-1238, 01/12/2005
Expediente05-1238
PonenteNORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR
MateriaAgraria
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2005-12-01
DecisiónDeclina la competencia
Resumen
La Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado de Primera Instancia Agraria. Ambos tribunales se declararon incompetentes para conocer del caso relacionado con un préstamo garantizado con hipoteca convencional. La Sala, tras analizar la situación, decide declinar la competencia a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia para que esta regule el conflicto.
Extracto de la motiva
La parte actora alega en su demanda que concedió un préstamo de dinero para activos fijos a la sociedad mercantil MAFIPACA, C.A. Que dicho préstamo fue garantizado con hipoteca convencional de primer grado sobre bienes inmuebles cuyo fin es la actividad agraria. En este sentido, tenemos que se hace necesario analizar la competencia de este Juzgado para conocer del presente asunto. Así según sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Antonio J. García García, expediente N° 04-1452, en fecha 15 de diciembre de 2004, se estableció lo siguiente: (…). Así pues, quien aquí decide acogiendo el criterio de la jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia antes señalada, considera que es incompetente para conocer del presente asunto. En consecuencia, siendo que la presente causa compete al conocimiento de los Tribunales de la jurisdicción agraria, se declina la competencia por la materia. Remítase mediante oficio, una vez transcurra el lapso establecido en el artículo 69 ejusdem, los autos al Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA la competencia en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a fin de que sea ella quien regule el presente conflicto de competencia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Sala Plena.
Palabras clave
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