Sentencia N° 1721 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1721, Exp. 09-123, 09/11/2009
Expediente09-123
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-11-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre el cumplimiento voluntario de una sentencia en un caso de cobro de prestaciones sociales. La parte demandante, Jesús Ángel Barrios Mannucci, había solicitado la revisión de una sentencia anterior que había declarado sin lugar su recurso de casación. La Sala Constitucional, al revisar el caso, anuló la sentencia anterior y ordenó a la Sala de Casación Social dictar una nueva decisión. Finalmente, se determinó que el juicio había terminado debido al cumplimiento voluntario de la sentencia por parte de la demandada, Oracle de Venezuela, C.A., lo que llevó a la Sala a archivar el expediente.

Extracto de la motiva

En virtud de las consideraciones anteriores, advierte esta Sala, en primer lugar, que el acto mediante el cual la demandada decidió darle cumplimiento voluntario a la sentencia, se realizó con posterioridad a la fecha de interposición de la solicitud de revisión constitucional -2 de junio de 2008- decidida por la Sala Constitucional en el fallo N° 1854 de fecha 28 de noviembre de 2008 y, en segundo lugar, ciertamente se aprecia que los litigantes en expresión de la libre autonomía de la voluntad de las partes, decidieron poner fin al proceso laboral mediante la ejecución voluntaria del fallo. En tal sentido, se evidencia claramente que para la fecha en que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la referida decisión Nº 1854 -28 de noviembre de 2008- en la cual declaró que ha lugar la solicitud de revisión constitucional y anuló la sentencia Nº 207 del 26 de febrero de 2008, proferida por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ya el juicio había terminado y se había ordenado el cierre y archivo del expediente -20 de octubre de 2008-, en virtud del cumplimiento voluntario que se realizó en la presente causa.

Dispositiva

ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de su archivo.

Palabras clave

cobro de prestacionescumplimiento voluntariorevisión constitucionalsentencia laboralejecución de sentenciaautonomía de la voluntadinterés procesal

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