Sentencia N° 1721 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1721, Exp. 05-1419, 01/12/2005
Expediente05-1419
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-12-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandante contra un auto que negaba el recurso de casación. La Sala determinó que la sentencia apelada no ponía fin al proceso, por lo que no era recurrible según lo establecido en el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada.
Extracto de la motiva
El artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone: “El recurso de Casación puede proponerse: 1. Contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) 2. Contra los laudos arbitrales, cuando el interés principal de la controversia exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) Al proponerse el recurso contra la sentencia que puso fin al juicio, quedan comprendidas en él las interlocutorias que hubieren producido un gravamen no reparado por ella.” En el caso examinado, verifica esta Sala que la sentencia contra la cual se pretende recurrir en casación, es una sentencia interlocutoria que no pone fin al juicio, por lo tanto no encuadra dentro de los supuestos estipulados en el artículo supra transcrito.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 4 de julio de 2005, emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas del recurso a la parte recurrente de hecho.
Palabras clave
recurso de casaciónsentencia interlocutoriaprestaciones socialesLey Orgánica Procesal del Trabajodecisión judicialcostas del recursojurisdicción laboral