Sentencia N° 1720 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de noviembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1720, Exp. 13-690, 26/11/2014
Expediente13-690
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-11-26
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, decidió declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Trevi Cimentaciones C.A. contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Aragua, que había declarado sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad. La apelante alegó la falta de procedimiento y la violación del derecho a la defensa, argumentando que no se le dio la oportunidad de presentar pruebas en su defensa.
La Sala analizó los alegatos de la parte recurrente y concluyó que la Administración había actuado conforme a derecho, ya que la empresa tuvo conocimiento del procedimiento administrativo y la oportunidad de defenderse. Se desestimaron las denuncias de vicios de nulidad, inmotivación y falso supuesto, considerando que la certificación de enfermedad ocupacional emitida por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua estaba debidamente fundamentada y motivada.
Finalmente, se confirmó la decisión del tribunal inferior, reafirmando que no existieron las infracciones alegadas por la parte apelante, y se ordenó la publicación y registro de la sentencia.
Extracto de la motiva
se verifica que el máximo tribunal (sic) se ha pronunciado en lo que respecta al vicio de inmotivación o en su efecto a la motivación insuficiente, que se puede observar que son vicios técnicamente distintos, pero en cualquiera de los casos, en el presente asunto no se da ninguno de los supuesto (sic) en virtud que la administración (sic) al momento de realizar sus funciones administrativas en cuanto a la investigación del origen de la enfermedad señaló de manera expresa en sus informes, las actividades que desempeñaba el accionante, los riesgos en que estaba expuesto el trabajador al momento de la prestación de sus servicios en la empresa recurrente y señaló la normativa la cual no es cumplida por dicha empresa en materia de seguridad laboral, es por ello que esta Juzgadora desestima el vicio alegado. Así se resuelve.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 18 de abril de 2013; y SEGUNDO: SE CONFIRMA la referida sentencia.
Palabras clave
vicio de inmotivaciónprocedimiento administrativoderecho a la defensaenfermedad ocupacionalseguridad laboral