Sentencia N° 1714 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1714, Exp. 05-1155, 01/12/2005
Expediente05-1155
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-12-01
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, dictó sentencia el 1 de diciembre de 2005, declarando perecido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano José William Ortega Torres contra la sentencia del Juzgado Primero Superior para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, que había declarado la prescripción de la acción y sin lugar la demanda. La Sala argumentó que el formalizante incurrió en deficiencias técnicas al no cumplir con la carga de fundamentar adecuadamente sus denuncias, lo que imposibilitó el conocimiento del recurso.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el formalizante no enmarcó sus denuncias en los ordinales del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, incurriendo en una mezcla indebida de denuncias. Se destaca que la falta de claridad y precisión en los argumentos presentados por el recurrente resulta en la imposibilidad de decidir conforme a ellos, lo que lleva a desechar la delación por falta de técnica. La Sala reitera que el cumplimiento de la técnica casacional es esencial para la admisión de los recursos, y en este caso, la falta de especificidad en las denuncias ha llevado a la decisión de declarar perecido el recurso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 08 de junio del año 2005, dictada por el Juzgado Primero Superior para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Se condena en costas del recurso a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónprescripciónprestaciones socialesLey Orgánica Procesal del Trabajodeber de técnicaderecho a la defensajusticia socialigualdad ante la ley