Sentencia N° 1712 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de agosto de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1712, Exp. 07-001, 02/08/2007
Expediente07-001
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-08-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio de cobro de prestaciones sociales. La decisión del Juzgado Superior había declarado con lugar el recurso de apelación, revocando la sentencia de primera instancia que había declarado la falta de cualidad de los demandados. La Sala encontró que el Juez de Alzada había incurrido en un vicio de incongruencia negativa al no pronunciarse sobre la defensa de prescripción alegada por la parte demandada, lo que llevó a declarar con lugar el recurso de casación y a reponer la causa para que se dicte un nuevo fallo.
Extracto de la motiva
El vicio de incongruencia se configura, cuando existe discrepancia entre lo alegado por las partes (libelo y contestación), y lo decidido por el Tribunal que conoce la causa; puede ser que el sentenciador se pronuncie sobre un alegato no formulado (incongruencia positiva), u omita pronunciarse sobre algún punto planteado dentro de los límites de la litis (incongruencia negativa). En el presente caso, se denuncia el segundo supuesto, es decir, incongruencia negativa. Ahora bien, del análisis de la sentencia recurrida se evidencia que el sentenciador, efectivamente, incurrió en el vicio aducido, pues, del estudio de las actas procesales se advierte que la parte demandada en su escrito de contestación alegó como una de sus defensas previas “la falta de cualidad pasiva de los demandados”, punto éste que al ser conocido por el a quo fue declarado procedente, en consecuencia, al considerar el Juez de la causa que los demandados carecían de legitimidad para actuar en la presente causa -siendo éste un requisito de procedencia de la pretensión deducida,- el sentenciador se abstuvo de emitir pronunciamiento con respecto a la segunda defensa previa opuesta, referida a la prescripción de la acción, así como del mérito de la controversia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 28 de abril de 2006, y 2) se REPONE la causa al estado de que la Alzada dicte un nuevo fallo, sin incurrir en la infracción de forma advertida en la decisión recurrida.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecursos de casaciónincongruencia negativafalta de cualidadprescripcióndecisión judicialjuzgado superior