Sentencia N° 171 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de junio de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 171, Exp. 24-257, 04/06/2025
Expediente24-257
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2025-06-04
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil DROGUERIA NENA, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Lara, que declaró sin lugar la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo. La Sala determinó que la parte recurrente no presentó la fundamentación del recurso dentro del lapso establecido, lo que llevó a declarar el desistimiento del mismo.
Extracto de la motiva
motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil DROGUERIA NENA, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, el 11 de enero de 2024. SEGUNDO: queda FIRME el referido fallo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede Barquisimeto, a los fines legales consiguientes. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en Caracas a los cuatro (04) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación. El Presidente de la Sala,
Dispositiva
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil DROGUERIA NENA, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, el 11 de enero de 2024. SEGUNDO: queda FIRME el referido fallo.