Sentencia N° 1696 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1696, Exp. 10-919, 14/12/2010
Expediente10-919
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-12-14
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Jairo García Prada contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui. La decisión recurrida había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el demandante, confirmando la homologación del desistimiento de la reforma de la demanda. La Sala argumenta que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, ya que no se evidencia violación de normas de orden público.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: En el caso bajo estudio, denuncia el impugnante que la sentencia recurrida incurrió en el vicio de reposición no decretada. En este orden de ideas alega, que conteste con la doctrina de la Sala de Casación Social, en la reforma de la demanda el actor puede ampliarla “con lo que excluye la posibilidad de CAMBIAR LA ACCIÓN”. Por lo que debió la juzgadora de alzada, “declarar nulo el acto mediante el cual, el Juez a quo ADMITIÓ LA REFORMA DE LA DEMANDA, y debió anular la sentencia recurrida y reponer la causa, al estado de notificar al demandado por la demanda primitiva”, lo cual no ocurrió en la presente causa, y sobre lo que funda que la sentencia impugnada violentó los artículos 208, 15 y 206 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 28 de abril de 2010. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de legalidadreforma de demandadespidoderechos laboralesinadmisionjurisprudenciaprocedimiento civil

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca