Sentencia N° 1691 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1691, Exp. 09-1138, 14/12/2010
Expediente09-1138
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-12-14
DecisiónADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, únicamente en lo que respecta a la sentencia de fecha 5 de agosto de 2009
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por Johann Hermann Schafer Hopf contra decisiones de instancias inferiores. La Sala analizó el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales del recurso, concluyendo que el mismo era admisible solo en relación a una de las decisiones impugnadas, la dictada el 5 de agosto de 2009 por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Carabobo.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, únicamente en lo que respecta a la sentencia de fecha 5 de agosto de 2009, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Palabras clave
cobroacreencias laboralescontrol de la legalidaddecisiónadmisibilidad